Laura Baigorri on Sat, 5 Oct 2002 03:49:06 +0200 (CEST) |
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[nettime-lat] Derechos net.artistas y etica curatorial |
Ya tengo los deberes hechos, pero antes de entrar en materia dos puntualizaciones. Una, que una cosa son las etiquetas cerradas -a un lado los artistas y al otro los comisarios- y otra las funciones que asume una persona. Creo que son varios los participantes de esta lista que están en uno y otro lado, y en muchos más. Como os escribirá en breve Gustavo, yo también "prefiero dividir las aguas de otra forma: más que entre comisarios y artistas, entre distintos criterios éticos y estéticos a la hora de producir (obra, textos críticos, exhibiciones, etc)". Dos, que no me he vuelto adivina: muchos de vosotros dais al REPLY directamente en vuestras respuestas y éstas sólo me llegan a mi. Hay que dar al REPLY ALL, o poner sólo la dirección de nettime-latino. A continuación el extracto. Cuidado que es largo. Laura ++++++++++++++++++++++++++++++ COMISARIOS (curadores o selectores) El comisario debe trabajar de manera transparente y mantener un seguimiento responsable, serio y contundente. ¿Para que sirven los comisarios? Son los "expertos", intermediarios contratados por las fundaciones, bancos, museos, etc. que no tienen idea de nada, pero quieren gastar su dinero en algo que les de "buena imagen". Y ahí aparecen los comisarios, para armar un lindo ramillete. Curador viene del italiano a cura de a cargo de. Se supone que de una colección. La cuida, la investiga, la difunde, se hace cargo. No le pide a una tercera que se haga cargo. Porque estar a cargo es un trabajo. Comunicarse con los artistas es un placer. Y como mostrarlos para que luzcan, el publico los aprecie y producir textos que sirvan a largo plazo. SIN DISTINCIONES, o todos conocemos el pluriempleo La Societé Anonyme: “En las sociedades del siglo 21, el arte no se expondrá. Se difundirá”. Esto es importante porque quizás dentro de todo este planteamiento se está manejando demasiado la distinción artista-comisario, cuando los artistas se diluyen en productores que a su vez funcionan como comisarios y como diseñadores y como organizadores. Me parece que prefiero dividir las aguas de otra forma: más que entre comisarios y artistas, entre distintos criterios éticos y estéticos a la hora de producir (obra, textos críticos, exhibiciones, etc). Una cosa son las etiquetas cerradas -a un lado los artistas y al otro los comisarios- y otra las funciones que asume una persona. Algunos estamos en uno y otro lado, y en muchos más. ¿QUIÉN VALIDA AL COMISARIO Y A SUS ACTOS? El problema principal es teórico, deontológico y político: -- cual es el contexto sociológico y histórico (profesional) que explica la actualidad del comisario/curador? -- cual es su valencia en tanto que instancia de validación crítica? -- cual es el protocolo político de su inserción en la cadena de validación crítica de las proposiciones, actos, representaciones y objetos artísticos? -- quien valida su acción: - el poder difuso de una instancia comunicacional a que llamaríamos el "cosmopolitismo de las vanguardias"? - el mercado especulativo de las mismas vanguardias? - sus propios pares en alguna instancia disciplinar partillada? - el museo global (hiperburocrático o hipercapitalista)? - todavía la desorientada comunidad de los críticos? RELACIONES ENTRE COMISARIOS Y ARTISTAS Deberíamos acabar con esta actitud que parte de la idea de que comisarios y centros de arte estamos haciendo "un favor" a los artistas seleccionados, porque ese supuesto favor siempre es mutuo. Los artistas nos necesitan para difundir sus obras, pero nosotros les necesitamos tanto o más a ellos, porque sin sus obras no hay exposición y, consecuentemente, comisarios y centros de arte se quedan sin trabajo. El otro asunto engañoso es la promoción/publicidad de los catálogos: no hay que perder de vista que ésta revierte tanto en los artistas como en las instituciones que organizan la iniciativa. A los artistas les sirve para su currículum y los organizadores para justificar su labor personal y para dar fe social/institucional de un trabajo que después desaparece. Los net.artistas no necesitan actos paternalistas de difusión por parte de organizadores de eventos. La difusión ya la tienen, ....siempre la han tenido en Internet. Sobre los catálogos-CD de muestras de arte electrónico No se puede copiar una obra completa que ya está en Internet en un CD que se vaya a comercializar sin pagar derechos de autor a los artistas. Si el organizador, o gestor cultural está cobrando por las horas que pasa coordinando esta labor, el diseñador del CD va a cobrar por su trabajo y el comisario va a cobrar por el texto que aparece ahí, los artistas también deberán cobrar por sus obras, puesto que son, al fin y al cabo, la razón primera de que exista el CD. Cuando en un catálogo en papel se pone la foto de una escultura, de una pintura, o de un vídeo, lo que se muestra nunca es la obra misma, sino una representación (que sí servirá para promocionar la verdadera obra), pero con Internet las cosas funcionan de otra manera, porque en este caso lo que estaríamos colocando en el CD no es una representación, sino la obra original,... es decir, que siguiendo con los paralelismos estaríamos distribuyendo directamente la escultura (...por otra parte, una "escultura" de libre acceso para todo el mundo, que también tiene sus vueltas). En fin, que cuando se trata de arte electrónico las cosas se complican mucho. Una posible solución cuando no se dispone de presupuesto es colocar la primera página de cada obra participante en el CD, no "una imagen" de esa página, sino a "la verdadera primera página". Eso significa que siempre que los autores estén de acuerdo en pasarla, se coloca en el CD como puerta de entrada a la obra completa. Así, cualquier persona que consulte el CD en su ordenador conectado a Internet, puede acceder a la obra completa clickando sobre los enlaces de la primera página, de manera que podrá disfrutarla igualmente todo el tiempo que esta permanezca en la red. Y aunque no sea así, la sensación es siempre que la contiene el CD. Algunas consideraciones de trato entre comisarios y artistas 1- Los comisarios deben enviar un mail describiendo como se presentaron las obras, el espacio, sugerencias e información para nuevas estrategias de exhibición, etc. 2- Los comisarios deben enviar un "dossier de prensa" a los artistas y una carta firmada de aceptación/agradecimiento o similar. 3- En caso de que haya fee por derecho de exhibición, aconsejar/elaborar formularios adecuados para el país en que se desarrolló la muestra. 4- Los artistas deben cooperar con el comisario proporcionándole -a tiempo- la información sobre su obra que este reclame. añadir todas las que se deseen HONORARIOS DE LOS ARTISTAS Los artistas siempre deben cobrar derechos de exhibición. Son inaceptables situaciones en las que cobra todo el mundo menos el artista. Es responsabilidad del comisario aclarar en el primer contacto las condiciones de trabajo. No importa tanto no cobrar si los interesados lo saben desde un principio y conocen también las condiciones del resto de compañeros de viaje. INFORMACION TEXTOS David Casacuberta ¿Se puede comer de la cibercultura? http://www.zemos98.org/hambre/comida/txts/08.htm La Societé Anonyme http://aleph-arts.org/lsa/lsa47/manifiesto.html “En las sociedades del siglo 21, el arte no se expondrá. Se difundirá”. Joost SMIERS. “The abolition of copyrights: better for artists, Third World countries and the public domain” http://www.hku.nl/cvo/forum/articles/article2.html, en el Forum Arts and Globalization http://www.hku.nl/cvo/forum/, Utrecht School of the Arts, 2000. Whiteg WEBG. “The Right to Copy: Local study on piracy as an art form”. http://www.aec.at/kop/writers/html/w1.html KOP Kingdom of Piracy, Ars Electronica, Linz 2002. Peninsulares. Derechos de los artistas http://peninsulares.conexion.org/arriba_copy.html Cuáles son tus derechos como autor. Derechos irrenunciables Cuáles son los derechos que son susceptibles de ser cedidos Cuándo y cómo utilizar un derecho u otro Diferencias entre derechos irrenunciables y derechos de explotación Contrato modelo Extracto de la ley de propiedad intelectual “CURIOSIDADES” Puesto de honor para "el surrealismo de Móstoles" MUESTRA DE ARTE ELECTRÓNICO DE MÓSTOLES http://www.ayto-mostoles.es/ConvocatoriasActividades/MenusConvocatorias/Maem.htm _______________________________________________ Nettime-lat mailing list Nettime-lat@nettime.org http://amsterdam.nettime.org/cgi-bin/mailman/listinfo/nettime-lat